Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana (Cuba) del 27 de agosto al
7 de septiembre de 1990
Considerando que los pueblos del mundo afirman en la Carta de las Naciones Unidas,
entre otras cosas, su resolución de crear condiciones bajo las cuales pueda mantenerse
la justicia, y proclaman como uno de sus propósitos la realización de la cooperación
internacional en el desarrollo y el estímulo del respeto a los derechos humanos y a las
libertades fundamentales de todos sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o
religión,
Considerando que la Declaración Universal de Derechos Humanos consagra los
principios de la igualdad ante la ley, la presunción de inocencia y el derecho de toda
persona a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial,
Considerando que en muchos casos la realidad todavía no corresponde a los ideales en
que se fundan esos principios,
Considerando que la organización y la administración de la justicia en cada país debe
inspirarse en esos principios y que han de adoptarse medidas para hacerlos plenamente
realidad,
Considerando que los fiscales desempeñan un papel fundamental en la administración de
justicia, y que las normas que rigen el desempeño de sus importantes funciones deben
fomentar el respeto y el cumplimiento de los principios mencionados y contribuir de esa
manera a un sistema penal justo y equitativo y a la protección eficaz de los ciudadanos
contra la delincuencia,
